Si tus deudas superan el 50% de tus ingresos mensuales y tienes amplia morosidad, este artículo te ayudará a tomar el mejor camino para comenzar de nuevo, con finanzas sanas.
El director ejecutivo de Chiledeudas.cl y coach financiero, Guillermo Figueroa, expuso en el Webinar denominado «Aprendo y emprendo: Finanzas sanas para emprendimientos», organizado por la Facultad de Ingeniería y Negocios de la Universidad de las Américas y por el Grupo Mi Pyme.
En su charla, el experto en endeudamiento responsable indicó que el nivel de deudas ligado a las tarjetas de crédito, líneas de crédito y créditos de consumo, para ser sano “no debiese superar el 25% de los ingresos mensuales, mientras que otro 25% debe ser destinado al pago del arriendo donde se vive o al pago del dividendo.
Sin embargo, “si estás sobreendeudado, representando más del 50% de tus ingresos mensuales en total, yo te recomiendo que tomes una consolidación de deuda a través de un banco, lo que la gente conoce como compra de cartera, acoplando tus pasivos en uno solo con menos intereses”, detalló el Ingeniero Comercial.
El compromiso principal para lo anterior, de acuerdo con Figueroa, es que la persona se encuentre al día con sus compromisos financieros, “pero para quienes están atrasados con su deuda, con una amplia morosidad, también hay una forma que ayuda a la renegociación y comenzar de nuevo: optar por la Ley 20.720 de renegociación y liquidación de activos para empresas y para personas”.
De este modo, la Ley 20.720 tiene dos caminos, en procedimientos que se realizan en oficinas de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento: la renegociación y la liquidación voluntaria, apuntó el director de Chiledeudas.cl, agregando que las deudas deben superar las 80 UF, que son aproximadamente 2,5 millones de pesos, y los acreedores financieros tienen que ser más de dos.
“En la renegociación, se hace una propuesta de pago mensual al conjunto de acreedores, quienes la aceptan o rechazan, y si no es aceptada se pasa a liquidación forzosa donde se declaran los bienes para la enajenación de ellos. Exige no estar notificado de alguna demanda de cobranza y no se requiere representación legal”, sostuvo el coach financiero.
Mientras que en la vía de la liquidación voluntaria “debes tener dos o más demandas de cobranza por parte de acreedores, encontrarse en quiebra, y allí entregas los bienes que tienes para remate, cuyos dineros irán a cubrir la deuda. Exige contratar a un abogado”, afirmó Figueroa, subrayando que es importante elegir bien qué camino tomar en el marco de la Ley 20.720.
“Es por eso que es relevante que la persona deudora conozca estas dos alternativas y elija la que más le convenga, ya que si va directamente a una oficina de la Superintendencia, le ofrecerán sólo el camino de la renegociación y para una persona que tiene casa propia y/o patrimonio de valor, no le es buena alternativa esa opción, pues si la propuesta de pago ofrecida no es aceptada por los acreedores, los bienes del deudor serán rematados de forma forzosa”, advirtió el experto.
Para ver la exposición completa de Guillermo Figueroa, accede al siguiente video: