Economía

Gaspar Rivas ingresa nuevo proyecto para retiro de 10%: “La gente necesita su plata”

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Foto: Diputado Gaspar Rivas. Créditos: Agencia Uno.

El diputado afirmó que “no tenemos ninguna legitimidad para estarles impidiendo a los chilenos decidir qué hacer con el dinero fruto de su propio esfuerzo”.

Tras el fin de la veda legislativa, el vicepresidente de la Cámara de Diputados y Diputadas, Gaspar Rivas (ex-PDG), ingresó un proyecto que permitiría a los cotizantes un séptimo retiro del 10% desde los fondos previsionales de las AFP.

En la argumentación de la iniciativa, el diputado explica que “en vista de que aún se mantiene el clamor popular exigiendo un nuevo retiro de los fondos previsionales, este parlamentario (…) viene en dar cumplimiento a su función de representar el sentir ciudadano y presenta, una vez más, una reforma constitucional que permite un nuevo retiro del 10% de fondos previsionales”.

Cabe destacar que, en paralelo, son al menos tres las iniciativas que permanecen congeladas en el Congreso Nacional y que esperan ser impulsadas.

Se trata de la del diputado Enrique Lee (Avancemos Chile) que busca un retiro del 10% y hasta del 50% con fines de invertir en una primera vivienda; el que impulsa Pamela Jiles (Partido Humanista); y un tercer proyecto de autopréstamo que permitiría hacer uso de hasta 5 millones de pesos, autoría de Rubén Oyarzo (ex-PDG).

Según Rivas, “se va a juntar este proyecto con otras iniciativas de otros parlamentarios que estamos en concordancia con que la gente necesita plata hoy día. Y más que necesita plata, necesita acceso a su plata que es fruto de su trabajo, de su esfuerzo”.

“Por lo tanto, tal cual lo he dicho en retiros anteriores, no tenemos ninguna legitimidad para estarles impidiendo a los chilenos decidir qué hacer con el dinero fruto de su propio esfuerzo”, declaró el diputado.

La argumentación del proyecto es bastante sencilla: sólo específica que “los fondos retirados no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa, a excepción del pago de pensiones de alimentos que el cotizante que realiza el retiro adeudare por resolución judicial”.

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