El presidente de la CPC, Juan Sutil, subrayó ante el órgano que redacta la nueva Carta Magna, que los frutos de quien desarrolla una actividad económica “le pertenecen a la propia persona”.
El presidente de la CPC, que representa a los empresarios de Chile, Juan Sutil, ante la Comisión de Derechos Fundamentales del órgano encargado de redactar una nueva Carta Magna, señalando que en la nueva Constitución, debe quedar consagrada 100% la libertad de emprender y el derecho a la propiedad privada.
Así, “en la nueva Constitución, debe quedar consagrado el derecho a que cualquier persona pueda desarrollar la actividad económica que libremente decida, en conformidad con la ley, el orden público, la seguridad nacional, la ética y el desarrollo sostenible”, planteó Sutil.
La promoción de este derecho y la existencia de las condiciones que se requieren para su ejercicio, de acuerdo con el directivo, “es siempre un deber del Estado, que debe generar las condiciones necesarias y suficientes que faciliten y promuevan la creación de empresas, independiente de su tamaño, forma o giro, potenciando la innovación y los emprendimientos diversos”.
De este modo, los frutos del trabajo de quien desarrolla una actividad económica, emprende o se desenvuelve en el ámbito económico-empresarial, “le pertenecen a la propia persona. Por eso es necesario reconocer y consagrar en la Constitución el derecho a la propiedad, que es lo que permite a cada uno concretar su proyecto de vida a través de los legítimos beneficios que su trabajo le reporta”, manifestó el presidente de la CPC.
Luego, señaló el líder gremial, “el ejercicio de todo emprendimiento o actividad económica debe desarrollarse en igualdad de condiciones para todos los potenciales competidores, y con herramientas eficaces para que el Estado pueda detectar, fiscalizar y sancionar cualquier acción que pudiera atentar contra la libre competencia. La libre competencia es el motor de la economía, ya que asegura el derecho de todas las empresas y personas a participar con eficiencia en las actividades económicas en una cancha pareja, logrando así ofrecer y acceder a productos y servicios que maximicen el bienestar de los consumidores y de la sociedad en general”.
También, “el Estado sólo podrá actuar como empresario en caso que una ley lo haya autorizado y deberá ceñirse a los mismos cuerpos legales que regulan la actividad empresarial privada”, dejó en claro Sutil frente a la Comisión de Derechos Fundamentales de la Constituyente.
Por tanto, la actividad empresarial, tanto privada como del Estado, “siempre deberá ejercerse respetando en plenitud la dignidad humana y los derechos propios de la persona. En otras palabras, la empresa debe tener al centro a la persona, respetando sus derechos humanos y previniendo riesgos o posibles impactos en ella y su entorno”, recalcó el presidente de la CPC.