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Sernac identifica más de mil cláusulas abusivas que se incluyen en contratos

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Crédito de la foto: 65ymas.com

Según una encuesta del Sernac, 35% de los consumidores no sabe lo que es una cláusula abusiva, y un 54% admite que no sabría cómo identificarla en un contrato.

 

El Sernac identificó un catálogo de más de mil cláusulas abusivas, entre las cuales se encuentran aquellas frases que las empresas incorporan en los contratos de adhesión, y que suelen dejar a los consumidores en desventaja.

El catálogo de cláusulas abusivas fue incorporado a la Circular Interpretativa «Sobre criterios de equidad en las estipulaciones contenidas en los contratos de adhesión de consumo», dictada por el Sernac y que entrega lineamientos a las empresas para que excluyan este tipo de condiciones y frases de sus contratos, a fin de mantener la equidad en la firma de estos instrumentos.

Gracias a este catálogo, el Sernac está trabajando en un desarrollo web que dará vida al primer Buscador de Cláusulas Abusivas que permitirá a los consumidores identificar si la cláusula de su contrato podría ser ilegal.

Además, según una encuesta del Sernac, un 35% de los consumidores no sabe lo que es una cláusula abusiva, y un 54% admite que no sabría cómo identificarla en un contrato.

El Director del Sernac, Lucas Del Villar, explica que el objetivo de esta herramienta es que las personas puedan tener mayor información antes de firmar e identificar aquellas frases en los contratos que eventualmente podrían perjudicarlos.

«Con esta herramienta, además de incentivar una lectura más informada de los contratos, esperamos que las mismas empresas ajusten los contratos, equilibrando la cancha en favor de los consumidores. También nos servirá para alertarnos de prácticas abusivas en ciertos mercados y que podamos tomar las acciones correspondientes en forma oportuna», indica la autoridad.

Se espera que esta herramienta esté disponible en nuestro sitio web durante el primer semestre de este año.

 

¿Qué son las cláusulas abusivas?

Recuerda que las cláusulas abusivas son impuestas por las empresas y los consumidores tienen poco o nulo poder negociador, por lo que resultan especialmente perjudiciales para ellos. Explica que, en términos generales, se trata de estipulaciones van en contra de la buena fe y producen un grave desequilibrio en los derechos y obligaciones que derivan del contrato.

Las cláusulas abusivas suelen ser situaciones escondidas en los reclamos que no siempre el Servicio puede detectar, pues las quejas se reciben respecto a las consecuencias de las mismas, como un cobro indebido, pero no del contrato mismo.

Entre las cláusulas que identificó el Sernac, se encuentran aquellas que:

  • Cláusulas que permiten el cambio, suspensión o término unilateral del contrato. Por ejemplo, que la empresa puede terminarlo en cualquier momento y razón.
  • Cláusulas que establecen renuncia anticipada de derechos. Por ejemplo, que el simple atraso en el pago de una cuota, le impedirá al consumidor el ejercicio de sus derechos. O condicionar el cambio de un producto a que esté el embalaje original y en perfectas condiciones.
  • Cláusulas que establecen limitaciones de responsabilidad. Por ejemplo, que la empresa no se hará cargo de ningún daño o perjuicio ante un problema.
  • Cláusulas que afectan el derecho a la información. Por ejemplo, aquellas cláusulas que indican que el consumidor acepta expresamente algo, como cargos o cobros, sin ser informado adecuadamente de ello.
  • Cláusulas relativas al mandato. Por ejemplo, cláusulas que establecen mandatos amplios, donde la empresa puede tomar decisiones por el consumidor.
  • Cláusulas sobre tratamiento de datos personales. Por ejemplo, que permite compartir los datos de los consumidores a terceros, sin su consentimiento.
  • Cláusulas contrarias a la buena fe. Por ejemplo, aquellas donde la empresa establece que puede cobrar, aunque no preste el servicio.

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¿Estás ahogado por las deudas? Existen tres alternativas para salir de ellas

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Imagen: Guillermo Figueroa, director de Chiledeudas, en Emprendidos.

1 de cada 7 chilenos cree que caerá en morosidad financiera, por la situación económica, pero un estudio de Chiledeudas muestra cómo volver a ordenar tu vida financiera con éxito.

Según un nuevo estudio de Chiledeudas, aplicado a 3.000 personas en el país, el 72% de los chilenos cree que caerá en morosidad crediticia por su difícil situación financiera y muestra temor frente a ello, donde el 65% ya ha estado una o más veces en el denominado Dicom, mientras que el 35% restante corresponde a población que jamás llegó a incumplimiento crediticio.

Como recomendaciones ante esta realidad, Guillermo Figueroa, director de Chiledeudas, indica que es importante conocer que un endeudamiento responsable corresponde a no superar el 50% de los ingresos en pagos de arriendo o dividendo, tarjetas o líneas de crédito, y créditos de consumo. Si aquello no es factible, sí existen alternativas viables para los sobreendeudados según el experto:

-La consolidación de deudas, que implica negociar con el banco, y a través solamente un crédito de consumo se pagan todos los compromisos financieros de distintas entidades. Es lo conocido como “compra de cartera”, la cual evita asumir altos intereses, y ordenarse en este aspecto.

-La Ley 20.720, conocida como Ley de Quiebras, contempla el camino de la renegociación de deudas para quienes están en Dicom, otorgando alternativas de pago a los diferentes acreedores en base a las condiciones financieras actuales. La propuesta se concreta por medio de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, evitando eventuales embargos, entre otras cosas.

-También, es fundamental recurrir a expertos en este tema, para que desarrollen “un traje a medida” el cual permitirá a la persona volver a tener finanzas sanas. En este caso, se recomiendan empresas como Chiledeudas, que cuentan con altas tasas de éxito.

Asimismo, de acuerdo con el estudio nacional, considerando a las personas que temen caer en morosidad financiera, el 45% tiene deudas que van de 3 a 10 millones de pesos; el 30% se ubica en el rango de 1 millón a 3 millones de pesos; y el 25% supera los 10 millones de pesos, esto sin incluir los créditos hipotecarios, sino que principalmente a los préstamos de consumo que son los más utilizados en banca y retail.

De hecho, el estudio nacional revela que quienes creen que caerán en incumplimiento financiero, priorizarán pagar sus créditos hipotecarios, admitiendo en 80% de las respuestas que si empeora su situación económica, deberán dejar de cumplir con sus préstamos de consumo.

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Presentan proyecto para dificultar embargo de casas a quienes tengan morosidad

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Si el avalúo de la vivienda es menor a 10.000 UF y la persona ha pagado sobre el 50% de su deuda hipotecaria, los acreedores tendrán limitaciones para solicitar el remate de la propiedad.

Con 107 votos a favor y 13 abstenciones, la Cámara aprobó en general el proyecto que modifica la Ley General de Bancos y el Código de Procedimiento Civil. Su fin es principalmente proteger la vivienda única de determinados deudores por medio de la prenda pretoria.

El texto busca dar mayor protección a los deudores, tanto generales como hipotecarios. Ello, frente al posible remate de su inmueble en caso de morosidad. Para esto, se plantean condiciones justas en juicios ejecutivos, generales o hipotecarios.

La iniciativa aumenta los plazos tanto para la contestación de la demanda como para la oposición a la ejecución; se amplía el catálogo de excepciones que puede oponer el deudor en el juicio especial hipotecario, asimilándolas a las del deudor en el juicio ejecutivo; y se elimina, en ciertos casos, la facultad del acreedor de solicitar el remate del bien raíz embargado o hipotecado o su entrega en prenda pretoria.

Cabe señalar que la prenda pretoria es un acuerdo judicial. En él se entrega al acreedor una cosa mueble o inmueble embargada en una ejecución, para que se pague con sus frutos.

Si la ejecución recae sobre un bien inmueble que sea la única vivienda de uso familiar de una persona natural, cuyo avalúo no exceda de diez mil UF y el deudor ha pagado el 50% o más de la deuda, el acreedor sólo podrá solicitar su remate si se mantienen vigentes seis o más meses continuos o doce meses discontinuos de mora.

También se otorga a la prenda pretoria el carácter de irrenunciable para el deudor; se eleva el mínimo para el remate de un bien inmueble, desde el avalúo fiscal a su valor real en el mercado inmobiliario o avalúo comercial.

Dicho valor se determinará judicialmente por peritos independientes designados por el tribunal, elegidos entre los que figuran en la lista de Peritos Judiciales.

Frente a esto, el director de Chiledeudas.cl, Guillermo Figueroa, manifestó que el proyecto de ley beneficiará a los morosos financieros y/o hipotecarios, resguardando en varios casos sus viviendas obtenidas con esfuerzo, sin embargo indicó que esto debe ir de la mano con una mayor educación financiera de la población para que conozca sus nuevos derechos y los exija en el proceso.

Según Chiledeudas.cl, 1 de cada 3 chilenos que han enfrentado procesos judiciales, sufrieron riesgo de embargo o bien, se les remató su vivienda, para pagar su morosidad, y dicha situación aumentó durante este año a causa de la crisis económica.

 

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“Las criptomonedas no valen nada”

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Foto: Christian Lagarde, presidenta del Banco Central Europeo. Crédito: El CEO.

La presidenta del Banco Central Europeo, Christine Lagarde, aseguró que las operaciones con dinero digital deberían estar reguladas pues muchos inversores no entienden cómo funcionan.

Un aumento dramático en el tamaño y la complejidad de los criptomercados significa que el sector está en camino de convertirse en un riesgo para la estabilidad financiera, que debe regularse con urgencia, dijo el Banco Central Europeo (BCE).

Si bien la alta volatilidad reciente no ha resultado contagiosa para el resto del sistema financiero mundial, la amenaza está aumentando con la participación cada vez mayor de los inversores institucionales, señaló al respecto el BCE en un capítulo publicado previamente de su revisión de estabilidad financiera.

“Según los desarrollos observados a la fecha, los mercados de criptoactivos actualmente muestran todos los signos de un riesgo emergente para la estabilidad financiera”, indicó el BCE.

“Como este es un mercado global y, por lo tanto, un problema mundial, es necesaria la coordinación global de las medidas regulatorias”.

El BCE ha intensificado las advertencias y los pedidos de una regulación más estricta en los últimos días desde que la moneda estable TerraUSD se desplomó de su paridad prevista con el dólar a principios de este mes.

La presidenta del BCE, Christine Lagarde, manifestó que, en su opinión, las criptomonedas “no valen nada. Todo lo que sé es que ha subido y bajado y es un activo altamente especulativo como he dicho todo el tiempo”.

“En mi humilde opinión es que las criptomonedas no valen nada, no se basan en nada, y no hay ningún activo subyacente que actúe como ancla de seguridad», comentó la abogada francesa.

La expresidenta del Fondo Monetaria Internacional también aseguró que las operaciones con dinero digital deberían estar reguladas pues muchos de sus inversores no entienden cabalmente cómo es que funciona el mercado cripto. “Lo perderán todo y se sentirán profundamente decepcionados”.

En su revisión, Lagarde igualmente dio a conocer la creciente correlación entre las criptomonedas y los activos de riesgo más convencionales, lo que “pone en duda su utilidad para la diversificación de la cartera de inversión”.

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